¿Cómo puedo saber si la construcción/vivienda está legalmente implantada?

A través de este enlace, rellenar la instancia genérica poniendo todos los datos posibles de la finca para que el departamento municipal de licencias de obras, pueda buscar los antecedentes obrantes sobre la construcción. También, si ha cambiado el titular, debe aportarse una nota simple histórica del Registro de la Propiedad para buscar la posible licencia con el nombre de los antiguos propietarios. Si no existen antecedentes (licencia urbanística) no se puede rehabilitar.

También puede que sea una construcción antigua y se pueda acreditar con las fotografías aéreas del año 1956. Este año se implantó la primera Ley del Suelo y hasta entonces no era obligatorio solicitar licencia de obras. Por ello, si puede acreditarse la existencia de la edificación en las fotografías aéreas, y consta en los planos topográficos posteriores del año 60, se considera legalmente implantada. Eso si, en estos topográficos consta la tipología de la edificación (torre, vivienda, casa, corral, cubierto o similar) y, se puede rehabilitar la edificación que consta en el topográfico (torre, vivienda, casa, corral, cubierto o similar)

Esta información se ha actualizado el 01/05/2023. Para cualquier información detallada puede ponerse en contacto con el departamento de Urbanismo en el teléfono 973 700 400.